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20-2-24 Acuerdos del Consejo de Gobierno Gobierno de La Rioja Stv Rioja 30 m

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STV RIOJA . SERVICIO PÚBLICO ESPECIAL La Hora de Chema Tele Viva martes 20 FEBRERO 2024 NOTICIAS -REPORTAJES
20-2-24 Acuerdos del Consejo de Gobierno Gobierno de La Rioja Stv Rioja 30 m 921 mb
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El Consejo de Gobierno aprueba el proyecto de decreto que regula la Historia Clínica, que permitirá prestar la mejor asistencia sanitaria a los riojanos

A través de este instrumento se ordenará y gestionará la información sanitaria de cada paciente para garantizar la trazabilidad del conjunto de sus asistencias, tanto en centros sociosanitarios públicos como concertados


El Consejo de Gobierno en su reunión de hoy, día 20, ha aprobado el proyecto el decreto que regula la Historia Clínica para recopilar la atención sanitaria que recibe cada paciente riojano y garantizar con ello la trazabilidad del conjunto de las asistencias que reciba, independientemente del centro donde se preste la atención, con el fin de ofrecer la mejor asistencia sanitaria a los riojanos tanto en centros públicos, sanitarios y sociosanitarios, y concertados.

En la actualidad, la Comunidad de La Rioja carece de un desarrollo normativo en materia de historia clínica, lo que hace necesaria la aprobación de una disposición de carácter general que se configure como el elemento vertebrador que vincule a todos los centros y servicios que ofrecen asistencia sanitaria en la región cuando deban acceder a la misma. En este sentido, la nueva norma permitirá regular los diferentes accesos y usos de la documentación contenida en la historia clínica, dotando de seguridad jurídica a los nuevos profesionales que lo requieran para realizar su trabajo.

Además, permite distinguir los diferentes conceptos y superar los escollos que pueden presentarse a la hora de utilizar y acceder a la historia clínica, que posibilita usos y alcances muy diversos como: la posibilidad de realizar la investigación clínica, llevar a cabo estudios epidemiológicos o garantizar la defensa de los pacientes y de los profesionales que intervienen en la asistencia sanitaria.

Se prevé mayor celeridad en la realización de informes de los médicos forenses y una mejora de la atención sanitaria a los residentes de centros sociosanitarios, ya que podrán disponer de las pruebas realizadas y de las citas médicas o de atenciones por parte de especialistas, así como controlar la medicación al alta hospitalaria o por cambios en la misma.

Para la elaboración de esta norma, que no conlleva coste económico alguno, se ha buscado la más amplia participación ciudadana, así como la opinión de los colegios oficiales sanitarios, las asociaciones médicas, de pacientes y de consumidores, las empresas del sector, el Consejo Riojano de Salud y el Consejo Riojano de Consumo. Además, se han solicitado informes a todas las consejerías, el Servicio Riojano de Salud, la Presidencia y la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, así como el preceptivo dictamen del Consejo Consultivo de La Rioja.

Las historias clínicas serán únicas por cada paciente, se identificarán con números exclusivos y excluyentes, y guardarán un orden secuencial del proceso asistencial de cada uno de los ciudadanos. Todas contendrán de forma clara y concisa documentos y registros informáticos, y valoraciones e informaciones generados de los procesos asistenciales de los pacientes sobre su estado de salud, la asistencia sanitaria que han recibido y su evolución clínica.

Además, se regularizarán los actuales mecanismos que permiten la especial custodia de determinados contenidos como las áreas de genética, sexualidad y reproducción, psiquiatría, donación y trasplante de órganos y tejidos, enfermedades infecciosas que puedan perjudicar la vida social o laboral, eutanasia, datos relativos a la violencia de género y otros que puedan considerarse pertinentes, bien a petición del propio paciente o del profesional responsable del mismo.

Comisión de Seguridad
Toda persona que tenga acceso a los datos incorporados en la historia clínica, así como cualquier documentación clínica, queda sujeta al deber de secreto. Asimismo, se constituye la Comisión de Seguridad y Acceso a la Historia Clínica como un órgano de trabajo encargado de evaluar los sistemas de custodia y la protección de los datos contenidos, así como de procurar la pertinencia de los accesos a las mismas.

El paciente o usuario tiene derecho de acceso a la información contenida en la historia clínica y a obtener copia de los informes o datos que figuran en la misma, acreditando su identidad o a través de un representante. En el caso de pacientes fallecidos, se facilita el acceso a la información contenida en su historia clínica electrónica a las personas vinculadas a los mismos, por razones familiares o de hecho, excepto que el paciente lo prohibiera expresamente y así se acredite.

A las compañías aseguradoras privadas, u otros terceros obligados al pago, sólo se les facilitarán aquellos datos de la historia clínica electrónica imprescindibles a efectos de facturación, con la finalidad de la justificación del gasto. Cualquier otra información solicitada por la compañía aseguradora requerirá el consentimiento expreso del paciente.

El decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR).

El Gobierno destinará 920.000 euros a subvenciones para entidades deportivas riojanas que compiten en ligas regulares de carácter nacional

En la concesión de estas ayudas se primará la presencia de la mujer en la actividad y en los órganos directivos de la entidad, el fomento del deporte entre personas con discapacidad o la promoción en el medio rural


El Consejo de Gobierno ha autorizado en su reunión de hoy martes, día 20, a la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud un gasto de 920.000 euros -el 5,7% más que el año pasado (870.000 euros)- a apoyar a entidades deportivas riojanas que participan en ligas regulares oficiales de carácter nacional. Estas ayudas autonómicas tienen como propósito colaborar en la financiación de los gastos de naturaleza corriente derivados de la intervención en competiciones de ámbito federado. El periodo de realización de las actividades y programas deportivos que generen el gasto subvencionable, será el comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024.

La concesión se realizará mediante régimen de concurrencia competitiva y podrán acceder a ellas las entidades deportivas riojanas, inscritas o adscritas en el Registro del Deporte de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que desarrollen su actividad mayoritariamente en la región, con excepción de las sociedades anónimas deportivas, y de las agrupaciones deportivas dependientes de centros docentes sostenidos con fondos públicos del Gobierno de La Rioja, que obtengan al menos el 5% del total de puntos posible. Se entiende que una entidad desarrolla mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de La Rioja cuando su promoción deportiva y, al menos el 85% de los encuentros y entrenamientos de competiciones, los disputa en nuestro territorio.

La propuesta de concesión de ayudas corresponde a la Comisión de valoración integrada por el director general de Deporte y Juventud, Diego Azcona, y dos funcionarios de su departamento, uno de los cuales ejercerá las funciones de secretario.

Entre los criterios que se tendrán en cuenta para la distribución de las ayudas figuran la presencia de la mujer en la actividad subvencionada y en los órganos directivos de la entidad solicitante, la inclusión de colectivos desfavorecidos, el fomento del deporte y del ejercicio físico entre las personas con discapacidad, y la promoción del deporte en el medio rural.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles computados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR). Las entidades deportivas deberán elevar sus peticiones telemáticamente a través del registro electrónico de la Administración de La Rioja www.larioja.org dentro del apartado de oficina electrónica Área temática Deportes. Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada (DEH) en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, deberá tramitar el alta en la web institucional del Gobierno.

Gastos subvencionables
Entre los gastos subvencionables se contemplan el transporte y el alojamiento de deportistas y personal técnico, así como sus gastos de manutención cuando deriven de la participación en competiciones desarrolladas fuera de su localidad; los gastos de personal técnico que formen parte del cuerpo técnico de los equipos, y los ocasionados para asegurar la protección de la salud y la seguridad de practicantes y espectadores (material higiénico-sanitario, servicios de seguridad, ambulancias, equipos médicos y veterinarios, o socorristas) imprescindibles para el desarrollo de la actividad.

Las ayudas también están destinadas a sufragar el alquiler de instalaciones para el desarrollo de los entrenamientos y competiciones; la adquisición de material deportivo; los gastos federativos por concepto de arbitrajes, licencias deportivas, inscripciones, seguros u otro tipo de gastos exigidos por las correspondientes federaciones deportivas, y los programas de seguimiento médico-deportivo de los deportistas de la entidad que participen en la competición subvencionada.


El Gobierno presenta una renovada orden de ayudas para el establecimiento de jóvenes agricultores a fin de conseguir afianzar el relevo generacional

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente ha incrementado un 20% el importe de las ayudas directas por establecimiento y se han flexibilizado alguna de las condiciones de acceso a las mismas, entre ellas la pluriactividad

El Consejo de Gobierno ha acordado en su reunión de hoy, día 20, una renovada orden de ayudas para el establecimiento de jóvenes agricultores a fin de conseguir afianzar el relevo generacional. Entre las novedades de esta convocatoria, destaca el hecho de que la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente ha incrementado un 20% el importe de las ayudas directas por establecimiento y se han flexibilizado alguna de las condiciones de acceso a las mismas, entre ellas la pluriactividad.

Así las cosas, la prima por establecimiento en la modalidad exclusiva pasa de 40.000 a 48.000 euros y se abre la posibilidad de incorporación en una nueva modalidad, denominada pluriactiva, para la que la ayuda ascenderá a 24.000 euros y que permitirá compaginar la actividad agraria con otra. Los jóvenes beneficiarios recibirán estas ayudas en dos plazos.

Del mismo modo, el Ejecutivo riojano ha aprobado otra modificación relevante, y que permitirá que dos jóvenes que compartan una sociedad puedan recibir ayudas si ambos tienen el mismo porcentaje de participación en la misma. Se anula así la obligatoriedad de que uno tenga que tener mayor participación que el otro.

De esta forma, también se ha modificado la edad máxima para ser beneficiario de estas ayudas, no debiendo cumplir 40 años en el año de la solicitud. La orden contempla excepciones para la incorporación de jóvenes que han podido tener algún pequeño ingreso procedente de la agricultura o estar inscritos en los registros.

Además, podrán acceder igualmente a los préstamos bonificados para modernización de explotaciones agrarias en condiciones preferentes, pudiendo financiar hasta el 90% de la inversión de dichas mejoras recogidas en su plan empresarial. Igualmente se han flexibilizado, en cooperación con las entidades financieras, las condiciones de acceso y amortización de dichos préstamos.

Por último, las ayudas se presentarán de acuerdo con los modelos establecidos en el su apartado de Medidas del Programa de Desarrollo Rural (Ayudas para el establecimiento de jóvenes agricultores) en el enlace www.larioja.org/agricultura/es/desarrollo-rural.





Los costes indirectos, tales como recursos humanos, material de oficina, teléfono, suministro de agua, energía eléctrica y gas, comunicaciones postales o limpieza, no podrán superar en ningún caso el 10% del proyecto subvencionable aprobado. Serán subvencionables los gastos generados por nóminas y cuotas de la Seguridad Social de los deportistas, no así los del personal directivo de los equipos.

El Gobierno abre esta semana el plazo para la solicitud de la ayuda excepcional al sector del champiñón y la seta en La Rioja

El Gobierno de La Rioja subvencionará con 3,1 millones de euros el sobrecoste sufrido por la compra de compost, que utiliza la paja como materia prima, en el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024

La subvención se liquidará a razón de 16 euros por tonelada, como importe unitario máximo, de compost o paja adquirida durante el periodo subvencionable

El Consejo de Gobierno ha informado hoy, día 20, de la apertura esta misma semana del plazo para la solicitud de la ayuda excepcional de 3,1 millones de euros destinada al sector del champiñón y la seta con la finalidad de aliviar las consecuencias económicas que sufren las mismas, resultantes de la situación de sequía y otras perturbaciones del mercado, contribuyendo a restablecer su viabilidad.

De esta forma, el Ejecutivo riojano subvencionará el gasto realizado por titulares de explotaciones de champiñones y setas para la compra de compost, que utiliza la paja como materia prima, destinado a la producción de champiñón o seta en el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024. En el caso de elaboración del compost en la propia explotación agraria, se subvencionará el gasto realizado en paja para este fin.

La subvención se liquidará a razón de 16 euros por tonelada, como importe unitario máximo, de compost o paja adquirida durante el periodo subvencionable. En caso de que las ayudas solicitadas superen el crédito disponible, se establecerá un importe unitario inferior por tonelada resultante de dividir el crédito entre el número de toneladas justificadas.

La cuantía de la subvención a cada solicitante estará limitada entre los 20.000 euros y los 300.000 euros, están incluidas aquellas empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, siempre que el producto no se haya adquirido a productores primarios y se cumplan el resto de supuestos definidos en su ámbito de aplicación.

El sector de los hongos cultivados en La Rioja supone el segundo sector agrario en importancia económica y en generación de puestos de trabajo en la región, con unos datos de producción de cerca de 70.000 toneladas de champiñón y algo más de 6.600 toneladas de seta, que como consecuencia de la sequía pronunciada de la campaña 2023, se enfrenta a un serio desafío.

En La Rioja, el cultivo de setas y champiñones supone unos 2.556 puestos de trabajo entre plantas de compost, cultivadores, almacenes y transformadores, representando el 1,80% del empleo generado en la Comunidad.

La producción de estos hongos se localiza mayoritariamente en tres entornos rurales (Autol, Pradejón y Ausejo) en los que el porcentaje de empleo en este sector se eleva hasta un 27,11% de sus habitantes, siendo, por tanto, como parte del sector agroalimentario, una pieza clave tanto para fijar población en el medio rural en el marco de la lucha contra el despoblamiento, así como para garantizar el abastecimiento de alimentos a la población.

Cómo tramitar las ayudas y plazos
Las solicitudes podrán presentarse en dos plazos: el primero, desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Boletín Oficial de la Rioja (BOR) hasta el 15 de marzo, y el segundo, del 1 de julio al 2 de septiembre de 2024. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de cuatro meses.

La presentación de solicitudes se podrá realizar de forma electrónica desde el botón de “Tramitar” y de forma presencial a través de la Oficina de Registro del órgano competente y de las Oficinas de Registro de la Comunidad.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, que consten inscritos en el Registro de Explotaciones Agrarias de La Rioja como productores de champiñón y setas, a fecha de publicación de la presente orden y que, además, se hallen al corriente de las obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja y las de la Seguridad Social.

En paralelo a la aprobación de estas ayudas, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente sigue trabajando la redacción de un Plan Estratégico del sector, que se convertirá en la hoja de ruta para su modernización.

El Gobierno presenta una nueva orden de ayudas para inversiones en modernización de explotaciones agrarias ampliamente mejorada

El Consejo de Gobierno ha agrupado en una sola orden, que avanza en la simplificación administrativa y sustituye a la de 2016, las ayudas a las explotaciones agrarias, a entidades asociativas y que considera las inversiones para alojamientos de temporeros como elementos de la explotación

El Consejo de Gobierno ha acordado en su reunión de hoy, día 20, una renovada orden que regulará las ayudas e inversiones en modernización y mejora de explotaciones agrarias, una convocatoria ampliamente mejorada con la que se pretende aumentar el número de solicitudes en este ejercicio.

A su vez, para avanzar en la simplificación administrativa, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente ha agrupado en una sola orden lo que hasta ahora se contemplaba en tres, uniendo en una misma las ayudas a las explotaciones agrarias, a entidades asociativas y también considerando las inversiones para alojamientos de temporeros como elementos de la explotación.

En este sentido, el Ejecutivo riojano ha incrementado los importes máximos de inversión subvencionable, pasando de un máximo de 500.000 euros y 100.000 euros por unidad de trabajo agrario, a 750.000 euros y 150.000 euros por unidad de trabajo agrario, respectivamente. En el caso de entidades asociativas, se ha fijado un máximo de inversión subvencionable de 2.000.000 euros.

Por otro lado, la modernización de las explotaciones agrarias a menudo requiere la realización de fuertes inversiones por parte del titular, que en ocasiones no haría viable dicha modernización en caso de emprenderse en solitario. Así, como novedad se permiten ayudas para inversiones y gastos entre familiares cuando el objetivo es la adquisición de maquinaria de segunda mano por relevo de explotaciones dentro del ámbito familiar. A su vez, se mejora las tablas de valores unitarios para la adquisición de maquinaria.

La nueva norma trae aparejada otras novedades, por ejemplo, a la hora de aplicar los préstamos bonificados, donde el total de la ayuda en este concepto, hasta el 18%, se les hará efectivo directamente a los agricultores en el momento en que paguen la primera amortización de la deuda.


El Gobierno de La Rioja quiere apoyar la modernización de la producción agraria por parte de sus titulares, en los términos previstos en la intervención regional del Plan Estratégico del Plan Estratégico de la PAC 2023/2027 y con el objetivo puesto en la mejora de la competitividad de 11.000 explotaciones riojanas que forman parte del Registro de Explotaciones Agrarias (REA), frente a las producciones procedentes de países terceros. En este sentido, con la publicación de esta Orden, el Gobierno de La Rioja quiere invertir la tendencia a la baja de estas solicitudes contabilizadas desde el año 2109.

Por último, las ayudas se presentarán de acuerdo con los modelos establecidos en el Catálogo de Ayudas del Gobierno de La Rioja para las inversiones en explotaciones agrarias en el enlace www.larioja.org/agricultura/es/gestion-explotaciones/catalogo-ayudas.
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