Las ayudas para los desempleados que se conviertan en autónomos crecen de 8.000 a 14.000 euros, con carácter general, y de 10.000 hasta un máximo de 26.000 euros, en el caso de colectivos específicos, con especiales dificultades de acceso al empleo
El Gobierno de La Rioja, a través del Servicio Riojano de Empleo (SRE), aumentará un 75% las ayudas para los desempleados que se conviertan en autónomos, pasando de 8.000 a 14.000 euros, con carácter general, por cada nuevo trabajador desempleado que se convierta en autónomo. En, en el caso de colectivos específicos, con especiales dificultades de acceso al empleo, la ayuda se incrementa de 10.000 hasta un máximo de 26.000 euros.
Estas ayudas se suman a la nueva línea que la ADER pone a disposición de los emprendedores para la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales. Con estas nuevas medidas, el Gobierno de La Rioja pretende incentivar el espíritu empresarial y la conversión de trabajadores desempleados en autónomos en la actual coyuntura de crisis económica.
Además, estas medidas serán de concesión directa, es decir, se resuelve directamente la solicitud, sin esperar al cierre de la convocatoria, con lo que se agiliza el procedimiento para que las ayudas lleguen en el momento inicial de la puesta en marcha.
Estas ayudas se enmarcan en el Plan EmprendeRioja, que incluye todo un conjunto de medidas para el fomento del autoempleo que van desde información, asesoramiento y formación específica hasta apoyo económico para el desarrollo de la idea empresarial o facilidad de acceso a suelo industrial.
Concretamente, la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja subvencionará los gastos de constitución de la empresa, la inversión en activos fijos, la implantación de nuevas tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC) o proyectos de diseño.
Podrán acogerse a estas subvenciones las personas físicas y las personas jurídicas que se constituyan como empresa. Se considera nueva empresa la constituida con posterioridad a 1 de julio de 2008.
Línea de ayudas del SRE
El trabajador podrá recibir ayudas por creación empleo (conversión de desempleados en autónomos); para financiar los préstamos adquiridos por inversión empresarial; para acciones de formación, para asistencia técnica y por participar en políticas activas del SRE, como el programa primer empleo o mujer empleo.
Así, el Servicio Riojano de Empleo subvencionará, con carácter general, hasta un máximo de 14.000 euros por trabajador desempleado que se convierta en autónomo (6.000 euros más que la ayuda de 8.000 que se establecía en la convocatoria anterior, es decir, un incremento del 75%).
Estos nuevos apoyos se dirigen, especialmente, a los colectivos con más dificultades de acceso al empleo: mujeres, discapacitados, jóvenes o trabajadores en riesgo de exclusión sociolaboral, todos ellos prioritarios de las políticas del Servicio Riojano de Empleo. Para ellos se han establecido mayores cuantías en las ayudas, de hasta 26.000 euros. En este caso el incremento de la ayuda con respecto a la convocatoria anterior asciende a 160%, pasando de 10.000 hasta los 26.000 euros actuales.
Además:
-Si se fomenta la igualdad de oportunidades el trabajador que se convierta en autónomo podrá recibir una ayuda adicional para la conciliación de la vida familiar y laboral: 1.500 euros por hijo menor de tres años o persona dependiente a cargo.
-Si el trabajador que se convierte en autónomo procede de un expediente de regulación de empleo o de despidos improcedentes, la ayuda se incrementará hasta un 15%
Subvenciones para emprendedores de la ADER
- Programa de gastos de constitución de la empresa. Subvencionará gastos de constitución de la empresa (honorarios de notaría, registro o gestoría). El gasto máximo subvencionable será de 1.000 euros y la subvención estará condicionada a la efectiva puesta en marcha de la actividad empresarial.
- Programa de inversión en activos fijos. Subvencionará hasta el 25% de la adquisición por compraventa de terrenos; adquisición, construcción, modernización o mejora de bienes inmuebles; inversiones destinadas a la reordenación de las plantas productivas; adquisición de maquinaria y bienes de equipo nuevos; mobiliario de oficina y de laboratorio, entre otros conceptos. La inversión mínima subvencionable será de 3.000 euros y la máxima de 200.000 euros.
- Programa de nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). Subvencionará aquellas actuaciones de los niveles 1 (adquisición de equipamiento informático y seguridad básico) y 2 (conexión entre sistemas locales) del modelo de madurez digital de la ADER. El resto de actuaciones TIC de este modelo (niveles 3, 4 y 5) se subvencionarán a través de la línea de ayudas de fomento de nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones para pymes.
- Programa de diseño. Subvenciones hasta el 45% para la contratación de asesoramiento externo para realizar la imagen y manual corporativos, para el registro de marca y logotipo o para realizar el diseño de elementos publicitarios, envases y embalajes. La inversión mínima subvencionable será de 1.500 euros y la máxima de 100.000 euros.
Los interesados en solicitar estas ayudas lo podrán hacer presencialmente, en el registro de la ADER o telemáticamente a través del Plan Presencia CERO (www.ader.es) hasta el 30 de noviembre de 2009.
Subvenciones del SRE para el fomento del autoempleo
- Subvención financiera. Reducción de hasta 4 puntos del tipo de interés fijado por la entidad financiera de préstamos destinados a financiar inversiones para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales para la conversión de desempleados en trabajadores autónomos.
- Subvención para el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia. Facilidad en la disposición de los recursos necesarios para financiar la puesta en marcha de la actividad, creando un puesto de trabajo propio al establecerse como trabajadores autónomos y debiendo realizar, para ello, inversiones en inmovilizado material.
- Subvención para asistencia técnica. Financiación parcial de la contratación, durante la puesta en marcha del proyecto de la empresa, de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial, así como la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga. La cuantía de esta subvención será del 75% del coste de los servicios prestados con un máximo de 2.000 euros.
- Subvención para formación. Financiación parcial de cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial o con las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, recibidos durante la puesta en marcha del proyecto empresarial con el fin de cubrir las necesidades formativas del trabajador autónomo. La cuantía de esta subvención será del 50% del coste de los cursos recibidos con un máximo de 1.000 euros.
- Subvención para el fomento del principio de igualdad entre hombres y mujeres. Apoyo a mujeres desempleadas que se establezcan como trabajadoras autónomas o por cuenta propia y que tengan responsabilidades familiares que pueden obstaculizar su acceso al mundo laboral y su permanencia en activo. También podrán acogerse a estas ayudas los varones que ejerciendo la tutela legal, en supuestos de hogares monoparentales, que se establezcan como trabajadores por cuenta propia o autónomos, siempre que el ejercicio de la tutela pudiera obstaculizar su acceso o permanencia en el mercado laboral. La cuantía de esta ayuda será de 1.500 euros por cada hijo menor de 3 años.
- Subvención por participar en programas formativos o experienciales gestionados por el SRE. De manera adicional, la suma de las subvenciones a obtener por el beneficiario se verá incrementada en 1.000 euros, para el trabajador autónomo que haya obtenido formación o experiencia a través de su participación en alguno de los Programas Públicos de Empleo y formación, que guarden relación con la actividad a desarrollar y gestionados por el SRE.
Los interesados en acogerse a estas ayudas podrán solicitarlas en el Servicio Riojano de Empleo