ARNEDO. Remedios Elías, Diputada Nacional habla de las medidas del Gobierno para los autónomos.
MEDIDAS DEL GOBIERNO DE ESPAÑA PARA LOS AUTÓNOMOS
1. Capitalización de la prestación por desempleo en la modalidad de pago único, del 80% de la prestación para jóvenes de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 años destinados a financiar la inversión.
2. Reducción de las cuotas a la SS de un 30% y durante los 30 primeros meses del inicio de la actividad para jóvenes de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 años.
3. Ayudas a la contratación laboral por los Autónomos,
Bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes si el contratado percibe prestaciones de desempleo hasta el consumo de estas.
Bonificación del 50% en la cuota empresarial por contingencias comunes, para el autónomo que contrate indefinidamente a su primer trabajador asalariado.
4 Reincorporación de mujeres autónomas. Bonificación del 100% de la cuota mínima de la SS durante un periodo de 12 meses a trabajadoras autónomas que habiendo cesado su actividad por maternidad y disfrutando del descanso correspondiente, vuelvan a realizar actividad por cuenta propia en los dos años siguientes al parto.
5 Apoyo al empleo autónomo de discapacitados. Bonificación del 50% de la cuota a la Seguridad Social para las personas con discapacidad que se establezcan como trabajadores por cuenta propia y durante los 5 años siguientes al alta inicial.
6 Contratación laboral por el autónomo de hijos menores de 30 años que convivan con él. Los autónomos podrán beneficiarse de la política de bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social por la contratación estable de sus hijos.
7 Ayudas para el fomento del empleo autónomo. El programa consiste en subvencionar el establecimiento como trabajador autónomo en:
5.000 euros para desempleados en general.
6.000 euros para jóvenes desempleados de 30 o menos años.
7.000 euros para mujeres desempleadas.
8.000 euros para desempleados con discapacidad.
10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad.
En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades anteriores se incrementarán en un 10 por ciento, que servirá para financiar la inversión necesaria para el inicio de la actividad como trabajador autónomo.
8 Subvención de gastos financieros para préstamos por inversión reducción de hasta 4 puntos del interés, salvo en el caso de microcréditos que podrá llegar a cubrir el coste total de los gastos financieros. El préstamo deberá destinarse, al menos en un 75 por ciento, a financiar inversiones en inmovilizado fijo, pudiéndose destinar hasta un 25 por ciento a financiar el activo circulante. En todo caso, el beneficiario deberá realizar una inversión en inmovilizado fijo por cuantía no inferior a 5.000 euros.
9 Subvención para asistencia técnica. Se subvencionan los costes de la asistencia técnica al inicio de la actividad, cuando más necesita de apoyo y tutelaje el autónomo. La cuantía de esta subvención será 75 por ciento del coste de los servicios prestados, con un tope de 2.000 euros. Los servicios de asistencia técnica podrán ser prestados por las asociaciones de trabajadores autónomos con carácter intersectorial y con suficiente implantación en el ámbito territorial correspondiente.
10 . Acceso a la formación profesional continua.
Pero a pesar de todas las medidas puestas en marcha hasta ahora los autónomos no podían cobrar la prestación por desempleo, por lo que ahora se pone en marcha un sistema contributivo, solidario y sostenible financieramente. El sistema de protección comprende la prestación económica por cese total, temporal o definitivo de la actividad, así como el abono de la cotización de la Seguridad Social del autónomo. La cuantía será el 70% del promedio de las bases de cotización de los últimos 12 meses y la duración estará en función de los períodos cotizados dentro de los 48 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que al menos 12 meses deben ser continuados e inmediatamente anteriores.
